¿Puede usted hacer eso en la escuela?
La separación entre la Iglesia y el Estado
Por
Karen C. Seddon
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e ha dicho que todos tenemos dos cosas en común: la muerte y los impuestos. Lo crea usted o no, compartimos una tercera cosa en común—las escuelas públicas. Ya sea que usted haya asistido a las escuelas públicas o no, o que sus hijos hayan asistido, usted ha pagado los impuestos para financiarlas, lo que nos hace a todos nosotros accionistas de las escuelas públicas.
La Asociación Internacional de Educadores Cristianos, de la cual yo soy la directora del área central de la Florida, existe para demostrar el amor y la verdad de Dios a la comunidad educacional. Nosotros equipamos, capacitamos y alentamos a los educadores a alcanzar su potencial dado por Dios.
A aquellos estudiantes, padres y maestros que están en las escuelas públicas, nos gustaría ofrecerles aliento para que sean astutos como serpientes y mansos como palomas. Ser un(a) cristiano(a) en una escuela pública en ocasiones es difícil, pero éste artículo está diseñado para ayudar a que los cristianos se den cuenta que mucho de lo que hemos llegado a pensar que es ilegal en las escuelas públicas, no lo es.
Por ejemplo, la preocupación más frecuente toma la forma de la separación entre la iglesia y el estado. ¿Sabía usted que la frase “separación entre la iglesia y el estado” no existe en la Constitución de los E.U. o en la Declaración de Derechos? La primera enmienda lee: “El Congreso no deberá hacer ninguna ley respecto a establecer una religión, o prohibir el libre ejercicio de ella; o restringir la libertad de expresión, o de prensa; o el derecho de las personas a reunirse pacíficamente, y pedir al gobierno una reparación de quejas”.
Dos palabras deben ser entendidas: establecer y prohibir. Nos gustaría usar los sinónimos alentar y desalentar. Cuando los educadores están en las escuelas públicas, están desempeñando sus cargos dados por el gobierno. Ellos no pueden establecer o alentar la religión en el salón de clases. Lo que la mayoría de los administradores y líderes de las escuelas públicas han olvidado es la segunda cláusula: o prohibir el libre ejercicio de ella.
En 1962, la Corte Suprema de E.U. desaprobó las oraciones patrocinadas por el estado. Ésta decisión de la Corte Suprema ha sido malentendida durante las últimas cuatro décadas. Algunos han llegado a creer que está prohibida la sola mención del nombre de Dios. La segunda palabra en la Primera Enmienda que se necesita enseñar es prohibir. Los maestros y los administradores no pueden prohibir o desalentar la libre expresión en las escuelas públicas. Entre tanto los estudiantes no interrumpan el tiempo de instrucción, ellos no dejan en la puerta de la escuela sus derechos otorgados por la Primera Enmienda. Se permite a los estudiantes leer en silencio sus Biblias durante períodos de lectura durante la clase u orar en los pasillos o por sus alimentos en la cafetería. Se pueden reunir para orar en grupo bajo el lema “Te veo en el Poste” o para bendecir a sus maestros y administradores.
La escuela no puede alentar ni desalentar las oraciones privadas de las personas. Los cristianos no tienen porqué avergonzarse de ser cristianos en las escuelas públicas o tener que conducir sus vidas reservadamente. Sin embargo, deben ser sabios y humildes mientras esparcen el amor de Jesús a través de los recintos de sus escuelas. Hagan brillar su luz y muestren sus frutos mientras entregamos en oración el sistema escolar público al verdadero Reformador.

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